GAFA

GAFA / Código de conducta

Código de Conducta y Ética Profesional

Los estándares que definen nuestra profesión

01

Lealtad al Cliente

El agente debe actuar siempre en el mejor interés de su cliente (jugador, entrenador o club), anteponiéndolo a sus propios intereses.

02

Transparencia y Divulgación

Obligación de informar claramente a los clientes sobre todas las comisiones, honorarios y posibles conflictos de interés. Se prohíbe la divulgación de precios o condiciones contractuales de otros socios sin consentimiento.

03

Conflicto de Intereses

Se prohíbe la representación múltiple (representar a más de una parte en una misma transacción) sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de todas las partes involucradas, en estricto cumplimiento con el RAFF de la FIFA.

04

Respeto Profesional y Competencia Leal

Se prohíbe dañar la reputación o devaluar el trabajo de otros miembros. Las prácticas de captación de clientes deben ser éticas y transparentes, evitando el "recruitment agresivo".

05

Confidencialidad

Obligación de mantener la confidencialidad de la información sensible de los clientes y de las negociaciones.

06

Cumplimiento Normativo

Compromiso de conocer y cumplir en todo momento con el Reglamento sobre Agentes de Fútbol de la FIFA, los estatutos de la FIFA, y las normativas de las confederaciones y federaciones nacionales pertinentes.

07

Protección de la Imagen del Deporte

Actuar de una manera que preserve y promueva la integridad y la buena imagen del fútbol, evitando cualquier conducta que pueda dañar la reputación del deporte o de la profesión.

Régimen Disciplinario

La Comisión Directiva, a través del Comité de Ética y Disciplina, podrá aplicar sanciones por incumplimiento del código. El asociado afectado tendrá siempre derecho a defensa antes de que la sanción quede firme.

Advertencia

Para infracciones menores o primera falta. Notificación formal al miembro.

Suspensión Temporal

Suspensión de beneficios por período determinado. Aplica para faltas moderadas o reincidencia.

Expulsión

Terminación permanente de la membresía. Reservada para violaciones graves del código o conducta que dañe gravemente a la asociación.